USCIS Habilidades Excepcionales Visas O
La visa de no imigrante tiene tres (3) distintas categorías.
La O-1 categoría es para extranjeros con habilidad extraordinaria en las ciencias, en artes, en la educación, en el negocio, o en el atletismo.
La O-2 categoría es con toda seguridad acompañar O de extranjeros-1 extranjeros en la artes o el atletismo.
La O-3 categoría es para dependientes de extranjeros en las categorías que renuncian.
Para calificar para una O-1 visa en las ciencias, en artes, en la educación, o en el atletismo, el extranjero debe tener la habilidad extraordinaria demostrada por la aclamación sostenida, nacional o internacional. Para documentar la habilidad extraordinaria, el extranjero debe presentar la evidencia substancial de una lista de criterios mencionados en las regulaciones de la inmigración. Además de establecer los requisitos de extranjero, el peticionario (el un pedir los servicios de extranjero), debe establecer también que la posición requiere los servicios de un extranjero de la habilidad o el logro extraordinarios, el que es aplicable, y debe someterse la evidencia que el extranjero viene a los Estados Unidos para continuar el trabajo en el área de la habilidad o el logro extraordinarios.
El tipo de la evidencia necesitada, así como la definición de la habilidad extraordinaria, difiere dependiendo en la ocupación del beneficiario. Por ejemplo científicos, educadores, gente de negocio y atletas deben demostrar "un nivel de maestría al cual el o ella pertenece, y el cual solo un mínimo porcentaje de personas han podido lograrlo." Por otro lado, esos buscando entrar como artistas y actores (con excepción de esos afiliado con la producción de películas o televisión), debe establecer "la distinción," que se define como "un nivel alto del logro en el campo de artes evidenciada por un grado de la habilidad y reconocimiento substancialmente encima de el comúnmente encontrado, hasta el punto que una persona se describa como prominente, es renombrado, dirije, o es muy conocido en el campo de artes." El término artes se definido incluyendo "cualquier campo de la actividad creativa tales como, pero no limitado a, artes finas, artes visual, artes culinaria, y a las artes interpretativas."
Esos artistas y los actores, así como directores y otro personal esencial, técnico y creador, que buscan la entrada en conjunción con producciones de película o televisión, deben encontrar un estándar diferente. Este estándar del logro extraordinario se define como "un nivel muy alto del logro en la industria de película o televisión evidenciada por un grado de la habilidad y reconocimiento substancialmente encima del encontrado comúnmente hasta el punto que la persona es reconocida como sobresaliente, dirigente, o muy conocido en el campo de película o televisión."
Una petición de visa O puede ser archivada por el empleador americano probable, o por un agente americano establecido. Se archiva en el formulario de inmigración I-129, junto con el suplemento de O, y se manda por correo al centro de servicio del Servicio de Inmigración y Naturalización que tiene la jurisdicción encima del lugar del extranjero de empleo intencional en el los Estados Unidos El artista o entretenedor pueden agregar actuaciones adicionales o compromisos durante el período de una petición de O-1 válida sin archivar una petición enmendada. Sin embargo, si el beneficiario cambia los empleadores, el nuevo empleador o agente deben archivar una nueva petición.
Antes de que una petición de O pueda ser aprobada, una consultación obligatoria con un grupo del par apropiado, labor y/o organización de dirección con respecto a la naturaleza del trabajo propuesto y las calificaciones del extranjero se requiere. Mientras la consultación no está ligando en el servicio de inmigración, se dará el peso considerable. La petición debe de remitirse junto con el formulario I-129. Si no acompaña la petición, el servicio de inmigración remitirá una copia de la petición y documentación de apoyo a una organización apropiada para obtener su opinión.
Extranjeros con visas O-1 y O-2 pueden ser admitidos por un período de tres (3) años, y extensiones pueden obtenerse en incrementos de un año. Para extranjeros que entran en los Estados Unidos con visa O, cuyo empleo termina por razones otras que la resignación voluntaria, el empleador así como el peticionario son responsables por el transporte del retorno.