Visitante de Intercambio: Aprendiz (J-1)

y "Niñera/Au Pair"

(Estadía Temporal en los EEUU)

El programa del visitante del intercambio de "J" está diseñado para promover el intercambio de personas, conocimiento, y habilidades en los campos de la educación, de los artes, y de las ciencias.

La necesidad del Departamento del Estado señala la organización como patrocinador, la organización puede participar en el programa a través de un intermediario que actúe como la agencia que patrocina.

¿Quién Puede Presentarse?
  • Participantes incluyen estudiantes de todos niveles academicos; aprendizes obteniendo entrenamiento en el trabajo con compañias, instituciones, y agencias; profesores, profesores que vienen a enseñar o a hacer estudios de investigaciones, estudiosos de investigaciones; aprendizes profesionales, y visitantes internacionales que vienen con el propósito de viajer, observar, consultar, conducir investigaciones, entranimiento, compartir, o demostrar conocimiento o habilidades especializadas, o participar en programas de organización de gente a gente..
  • Usted debe de ser aceptado por un programa aprobado de intercambio de visitante por el Departamento del Estado de los Estados Unidos.
  • Usted debe de probar que usted tienen los recursos financieros para cubrir sus gastos mientras esté en los Estados Unidos. Esto puede incluir una beca o remuneración de la organización participante.
  • Usted debe de tener un conocimiento razonable de Inglés a menos que el programa sea específicamente diseñado para personas que no hablan inglées. En algunos casos puede ser requerido que usted tome un examen de Aptitud en Inglés.
  • NOTA ACERCA DE NIÑERAS: La ley de Estados Unidos prohibe a cualquier persona admitida a los Estados Unidos como un visitante de trabajar como una au pair, niñera o ayudante de madre. Cuálquiera buscando trabajo como una cuidadora de niños es requerida de obtener una visa de intercambio de visitante (J-1) a travées del patrocinamiento de un programa aprobado de intercambio de visitantes que sea supervisado por la División de Asuntos Públicos del Departamento de Estado (PA).

    Esposos acompañantes e hijos solteros bajo de la edad de 21 años de las personas poseedores de visa J-1 visa pueden obtener visas J-2 las cuales le permiten quedarse en los Estados Unidos, pero no trabajar aquí.

    El poseedor de la visa J-1 de intercambio de visitante puede entrar a los Estados Unidos hasta 90 días antes de la fecha designada para empezar el el IAP-66. El o ella deben pueden quedarse hasta 30 días después de la terminación del progama (casos pueden variar).



¿Como puedo Solicitarla?

Hay dos pasos generales en el proceso de solicitud de una visa J-1.

  • El primer paso envuelve el Certificado de Eligibilidad completado por su organización patrocinadora (formulario IAP-66 o DS-2019). La organización le enviaráa este formulario a usted y usted lo someterá con su aplicación en paso 2.
  • Usted completaráa su aplicación para una visa J-1. El procedimiento de la aplicación puede ser hecho ya que usted este dentro de los Estados Unidos a una oficina del USCIS o en el extranjero en un consulado americano de su país de residencia.


¿Qué hago Ahora?

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