Extensión de Estadía Temporal en los EEUU

(Estadía Temporal en los EEUU)

El proceso para obtener una extensión de la estancia temporal puede ser simple o muy difícil dependiendo del origen nacional del solicitante, la edad y el estado civil del aspirante, y los lazos del aspirante a los Estados Unidos y a su país de origen.

A los sostenedores de la visa B-1 y B-2 se le puede conceder normalmente una extensión de seis meses siguiendo la fecha de la expiración de la visa original del visitante. Lo diferente entre esta visa y otras visas de no inmigrante, es que las solicitudes se hacen en un consulado de los Estados Unidos y no es necesaria una aprobación del USCIS.

¿Quién Puede Presentarse?
  • La extensión de su estadía no puede exceder un total de un año en los Estados Unidos.
  • Usted ya tiene una visa de no inmigrante en una categoría que le permite solicitar una extensión.
  • Usted tiene suficientes recursos financieros para pagar por su estadía.
  • Usted no ha cometido ningún crimen durante su estadía.
  • Usted presentó su extensión antes de la expiración de su visa.


¿Como puedo Solicitarla?

Usted presentará solo una solicitud para esta extensión de estadía y la enviará por correo al centro de servicio regional del USCIS.

  • Usted presentará un NUEVO Formulario I-539 con todos los documentos pertinentes. Usted también presentará una carta explicando la razón de su pedido y probando que sólo será temporal. Si usted está aquí por negocios, esta carta debe venir de su empleador en su país natal. Usted debe probar que sus recursos financieros serán pagados por su empleador en su país u otra persona que no sea usted. Usted presentará una Declaración Jurada de Soporte. Usted también presentará un pasaporte válido, fotografías y otros documentos que prueben su intención de regresar a su país. Usted también presentará la tarjeta I-94 original de usted y de su familia.
  • Usted puede ser llamado a una entrevista en el consulado. Si usted es acompañado por sus familiares, el NUEVO Formulario I-539 los incluirá también. Si es aprobado, usted recibirá su extensión de estadía con su tarjeta I-94 original. (Formulario de Aviso de Acción I-797). Si es rechazado, usted puede proporcional evidencia adicional al presentar una Moción de Reapertura. Si este no es el caso, no hay ningún proceso formal de apelación para este tipo de visa.
  • Debe enviar la solicitud a la dirección de correo de uno de los cuatro Centros Regionales que tienen jurisdicción sobre su lugar de visita. Nota: Si usted fue admitido a los Estados Unidos bajo el programa de Omisión de visa usted no puede extender su estadía. Una extensión de estadía puede ser dada sólo en casos de emergencia y por no más de 30 días.


¿Qué hago Ahora?

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