Extensión de Estadía Temporal en los EEUU
(Estadía Temporal en los EEUU)
El proceso para obtener una extensión de la estancia temporal puede
ser simple o muy difícil dependiendo del origen nacional del solicitante,
la edad y el estado civil del aspirante, y los lazos del aspirante a los
Estados Unidos y a su país de origen.
A los sostenedores de la visa B-1 y B-2 se le puede conceder normalmente
una extensión de seis meses siguiendo la fecha de la expiración
de la visa original del visitante. Lo diferente entre esta visa y otras visas
de no inmigrante, es que las solicitudes se hacen en un consulado de los
Estados Unidos y no es necesaria una aprobación del USCIS.
¿Quién Puede Presentarse?
- La extensión de su estadía no puede exceder un total de
un año en los Estados Unidos.
- Usted ya tiene una visa de no inmigrante en una categoría que
le permite solicitar una extensión.
- Usted tiene suficientes recursos financieros para pagar por su estadía.
- Usted no ha cometido ningún crimen durante su estadía.
- Usted presentó su extensión antes de la expiración
de su visa.
¿Como puedo Solicitarla?
Usted presentará solo una solicitud para esta extensión
de estadía y la enviará por correo al centro de servicio regional
del USCIS.
- Usted presentará un NUEVO Formulario I-539 con todos los documentos
pertinentes. Usted también presentará una carta explicando
la razón de su pedido y probando que sólo será temporal.
Si usted está aquí por negocios, esta carta debe venir de
su empleador en su país natal. Usted debe probar que sus recursos
financieros serán pagados por su empleador en su país u otra
persona que no sea usted. Usted presentará una Declaración
Jurada de Soporte. Usted también presentará un pasaporte
válido, fotografías y otros documentos que prueben su intención
de regresar a su país. Usted también presentará la
tarjeta I-94 original de usted y de su familia.
- Usted puede ser llamado a una entrevista en el consulado. Si usted
es acompañado por sus familiares, el NUEVO Formulario I-539 los
incluirá también. Si es aprobado, usted recibirá su
extensión de estadía con su tarjeta I-94 original. (Formulario
de Aviso de Acción I-797). Si es rechazado, usted puede proporcional
evidencia adicional al presentar una Moción de Reapertura. Si este
no es el caso, no hay ningún proceso formal de apelación
para este tipo de visa.
- Debe enviar la solicitud a la dirección de correo de uno de los
cuatro Centros Regionales que tienen jurisdicción sobre su lugar
de visita. Nota: Si usted fue admitido a los Estados Unidos bajo el programa
de Omisión de visa usted no puede extender su estadía. Una
extensión de estadía puede ser dada sólo en casos
de emergencia y por no más de 30 días.
¿Qué hago Ahora?