Relaciones Familiares
(Residencia Permanente)
Si una relación calificativa de la familia existe, el aspirante
caerá debajo de una de dos categorías principales:
- Parientes Inmediatos
- Otros miembros cercanos de la familia.
Parientes Inmediatos de ciudadanos de USA están permitidos a inmigrar
a los Estados Unidos en números ilimitados.
Otro los miembros cercanos de la familia de ciudadanos y de residentes permanentes
también están permitidos a inmigrar pero están sujetos
a limitaciones numéricas anuales.
¿Quién Puede Presentarse?
Usted debe de ser un familiar inmediato de un ciudadano americano o un
residents permanentes legales incluyendo:
- Esposos/as de ciudadanos americanos
- Hijos solteros bajo la edad de 21
- Padres de ciudadanos americanos sobre la edad de 21
- Hasta incluye un viudo o viuda, proveído que el o ella hayan
estado casados con un ciudadano americano o un residente permanente por
lo menos dos años antes de que la persona fallezca y no estuvieron
separados legalmente a la hora de su muerte
O usted debe de ser un familiar que "caiga" en una de estas
cuatro categorías de "Preferencia de Familiares" como indicadas:
- Primera Preferencia: Hijos/as adultos solteros de ciudadanos americanos.
Adultos significa 21 años de edad o mayor.
- Segunda Preferencia: Esposos de residentes permanentes legales, sus
hijos solterso (bajo 21 añjos), y los hijos/as solteros de residentes
permanentes legales.
- Tercera Preference: Hijos/as casados de ciudadanos americanos.
- Cuarta Preference: Hermanos y hermanas de ciudadanos americanos adultos.
Adicionalmente, el ciudadano americano o residente permanente legal que
lo está patrocinando debe de querer patrocinarlo.
Nota: Si usted es un residente permanente legal (poseedor
de la tarjeta verde) usted solamente puede pedir que sus familiares extranjeros
nacionales sean adminitidos como inmigrantes permanentes a los Estados Unidos:
- Esposo o esposa
- Hijos/as solteros de cualquier edad
¿Como puedo Solicitarla?
Hay dos pasos generales en el proceso de aplicación para la residencia
permanente legal. El primer paso es iniciado por su familiar patrocinador
y el segundo paso por usted. Los procedimientos de la aplicación
pueden ser hechos dentro de los Estados Unidos en una oficina del USCIS o
en el extranjero en el consulado americano de su país de residencia.
- El primer paso envuelve aplicar por una petición de visa (NUEVO
FORMULARIO I-130 Petición para un Familiar Extranjero). Esta petición
es pedida por su familiar patrocinador. Probará la relación
con su familiar tanto como su estado de ciudadano americano o residente
permanente.
- Si la Petición es aprobada, usted tendrá que presentar
una aplicación formal para residencia permanente legal o para una
tarjeta verde (Formulario I-485 y documentos pertinentes).
Si la Petición es negada, usted puede presentar una Moción
para Volver a Abrir y someter nueva evidencia o hacer correciones o iniciar
un proceso de apelaciones más formal.
¿Qué hago Ahora?