Relaciones Familiares

(Residencia Permanente)

Si una relación calificativa de la familia existe, el aspirante caerá debajo de una de dos categorías principales:

  • Parientes Inmediatos
  • Otros miembros cercanos de la familia.

Parientes Inmediatos de ciudadanos de USA están permitidos a inmigrar a los Estados Unidos en números ilimitados.
Otro los miembros cercanos de la familia de ciudadanos y de residentes permanentes también están permitidos a inmigrar pero están sujetos a limitaciones numéricas anuales.

¿Quién Puede Presentarse?

Usted debe de ser un familiar inmediato de un ciudadano americano o un residents permanentes legales incluyendo:

  • Esposos/as de ciudadanos americanos
  • Hijos solteros bajo la edad de 21
  • Padres de ciudadanos americanos sobre la edad de 21
  • Hasta incluye un viudo o viuda, proveído que el o ella hayan estado casados con un ciudadano americano o un residente permanente por lo menos dos años antes de que la persona fallezca y no estuvieron separados legalmente a la hora de su muerte

O usted debe de ser un familiar que "caiga" en una de estas cuatro categorías de "Preferencia de Familiares" como indicadas:

  • Primera Preferencia: Hijos/as adultos solteros de ciudadanos americanos. Adultos significa 21 años de edad o mayor.
  • Segunda Preferencia: Esposos de residentes permanentes legales, sus hijos solterso (bajo 21 añjos), y los hijos/as solteros de residentes permanentes legales.
  • Tercera Preference: Hijos/as casados de ciudadanos americanos.
  • Cuarta Preference: Hermanos y hermanas de ciudadanos americanos adultos.

Adicionalmente, el ciudadano americano o residente permanente legal que lo está patrocinando debe de querer patrocinarlo.

Nota: Si usted es un residente permanente legal (poseedor de la tarjeta verde) usted solamente puede pedir que sus familiares extranjeros nacionales sean adminitidos como inmigrantes permanentes a los Estados Unidos:

  • Esposo o esposa
  • Hijos/as solteros de cualquier edad


¿Como puedo Solicitarla?

Hay dos pasos generales en el proceso de aplicación para la residencia permanente legal. El primer paso es iniciado por su familiar patrocinador y el segundo paso por usted. Los procedimientos de la aplicación pueden ser hechos dentro de los Estados Unidos en una oficina del USCIS o en el extranjero en el consulado americano de su país de residencia.

  • El primer paso envuelve aplicar por una petición de visa (NUEVO FORMULARIO I-130 Petición para un Familiar Extranjero). Esta petición es pedida por su familiar patrocinador. Probará la relación con su familiar tanto como su estado de ciudadano americano o residente permanente.
  • Si la Petición es aprobada, usted tendrá que presentar una aplicación formal para residencia permanente legal o para una tarjeta verde (Formulario I-485 y documentos pertinentes).

    Si la Petición es negada, usted puede presentar una Moción para Volver a Abrir y someter nueva evidencia o hacer correciones o iniciar un proceso de apelaciones más formal.


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