Trabajadores Religiosos como Inmigrantes Especiales
(Residencia Permanente)
La mayoría de Tarjetas Verdes en la Categoría de Preferencia
E-4 (Inmigrante Especial) son asignadas a Trabajadores Religiosos. Sin embargo,
la Residencia Permanente también esta al alcanze del siguiente grupo
de solicitantes:
- Inmigrantes Menores Especiales
- Ex-Empleados del Canal de Panamá
- Ciertos nativos Extranjeros empleados por el Gobierno Americano en el
extranjero
- Trabajadores Extranjeros empleados oficialmente por lo menos tres años
en el Consulado Americano en Hong Kong
La infomración listada a continuación así como nuestra
Guía de Autoayuda de Inmigración Trabajadores
Religiosos: Permanente y Temporales sólo cubrirá el estado
de Residencia Permanente de un Inmigrante Especial como un Trabajador Religioso.
¿Quién Puede Presentarse?
Si bien el proceso de la solicitud es algo diferente, las restrictiones
para un Trabajador Religiosos Temporal y para un Trabajador Religioso Permanente
son basicamente las mismas.
- Usted debe trabajar en una vocación Religiosa o una ocupación
para una organización dentro de una orden o para una organización
de buena fe la cual este afiliada con la Orden Religiosa.
- Estas organizaciones religiosas debuena fe deben tener estar exentas
de impuestos (o debe ser eligible para esto) como una organización
descrita en la sección 501 © del código del Internal
revenue de 1986.
- Usted debe haber sido miembro de esta orden por lo menos dos años
antes de solicitar admisión a los Estados Unidos.
- Usted debe entrar a los Estados Unidos para trabajar como un Ministro
o un Miembro del Clero de la orden Religiosa incluyendo Ministros, Rabinos
y Curas.
- Usted debe trabajar en calidad de profesional en una vocación
Religiosa u ocupación u organización dentro de esta denominación.
(En calidad de profesional se refiere a que una licenciatura de los Estados
Unidos es requerida para el trabajo).
¿Como puedo Solicitarla?
Hay dos pasos generales en el proceso de la solicitud para obtener Residencia
Permanente como un Inmigrante Especial. El solicitante (usted) debe primero
presentar una petición seguida por una Solicitud para usted y sus
familiares que lo acompañen.
- Primero, usted debe presentar una Petición (I-360) en el centro
de servicio regional apropiado del USCIS junto con los documentos pertinentes.
- Si la Petición es aprobada (nota de acción I-797) y una
vez que haya obtenido su fecha de prioridad, usted presentará una
Solicitud para su Estado Permanente y poder conseguir su Tarjeta Verde.
El proceso de solicitud es diferente si llevado a cabo desde el extranjero
o dentro de los Estados Unidos.
¿Qué hago Ahora?